A raíz de la decisión de la aplicación del Decreto Municipal por Emergencia Sanitaria durante el lapso comprendido entre el día 18 de marzo de 2020 y hasta el día 31 de marzo de 2020 inclusive, sin atención al público durante el período citado, y con las excepciones previstas, el secretario Administrativo del Concejo Deliberante resuelve:
– Establecer la implementación de Plan de Contingencias y Guardias Mínimas, con la máxima restricción de agentes afectados, asegurando en caso de urgencias eventuales, la inmediata convocatoria y disposición del personal que resulte necesario en sus respectivos ámbitos. Teniendo en cuenta que para la implementación del Plan de Contingencias y Guardias Mínimas se observará la afectación de personal no incluido en grupo de riesgo.
– Establecer el régimen de “licencia extraordinaria por razones sanitarias” hasta el día 31 de marzo de 2020 inclusive, para el personal en general del Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba, mayores de sesenta (60) años. La misma será extensiva a aquellos que integre el grupo de riesgo, a saber: embarazadas, con enfermedad cardiovascular, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica o insuficiencia hepática crónica, personas con diabetes insulinodependientes, personas bajo tratamiento oncológico o diálisis.