Se realizó una reunión de Comisión de Salud Publica y Protección Animal presidida por el concejal Nicolás Piloni por videoconferencia y respetando las recomendaciones del protocolo de Bioseguridad. Se trataron la adhesión a la Ley provincial 10503 y una modificación del artículo 17 de la Ordenanza 8922 sobre geriátricos privados.
Obtuvo el Despacho de Comisión la adhesión de la Municipalidad de Córdoba a la Ley Provincial 10.503 en todo sus términos y en consonancia con lo dispuesto por la Ley Nacional 26.606, Mes Nacional de Concientización sobre el Cáncer de Mama, el Programa Provincial “Córdoba Rosa”, que se desarrolla durante el mes de Octubre de cada año con el fin de promover la concientización activa sobre el Cáncer de Mama, el alcance de dicha patología, su prevención, detección precoz, y pronto tratamiento a las mujeres residentes en la Ciudad de Córdoba.
La concejala Sandra Trigo alentó sobre esta iniciativa que tiene un alto acompañamiento del resto de los concejales y adelantó que se pretende tratar este Expediente en la próxima sesión. Por videoconferencia participó María José Belveder del Ministerio de la Mujer de la provincia de Córdoba.
“Estamos muy contentos de que la Ciudad de Córdoba pueda adherir a esta ley provincial sancionada en 2017; hace dos años que venimos trabajando en la concientización activa del tratamiento y detección precoz del cáncer de mama. Esta ley tuvo un marco muy importante, un antes y un después en la sensibilización y concientización hacia las mujeres de los controles y la detección precoz” precisó.
A la vez que agregó: “este año particularmente el Córdoba Rosa tiene una mirada diferente por la pandemia.La ley solicita que trabajemos en conjunto todos los organismos, reparticiones públicas y así también las ONG que están participando con nosotros con un movimiento muy fuerte en el cuidado de la salud de la mujer”.
Uno de los puntos más impactantes que tiene esta ley es la iluminación de los espacios públicos desde el 1 de octubre, a lo cual ahora se sumarían los edificios municipales. Esta actividad impacta a nivel cultural, a nivel de educación, actividades deportivas destacó la funcionaria.
También alcanzó Despacho de Comisión el Expediente 8746-C-20 iniciado por concejales Nicolás Piloni, Marcos Vázquez e Ileana Quaglino que proponían modificar el artículo 17 de la Ordenanza 8922 para geriátricos privados, referido a las condiciones de habitabilidad.
El concejal Piloni destacó el trabajo de comisión sobre este tema con propietarios de instituciones geriátricas y con especialistas de la dirección de Impacto Ambiental de la Municipalidad de Córdoba y de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia que ya tuvieron que actuar en esta materia.
“Se les exige a los establecimientos que traten a todos los pañales descartables como residuos patógenos, con todo lo que eso significa en términos de infraestructura, administración y logística, incrementando los costos del servicio y llevando a dichos establecimientos en muchos casos a un nivel de inviabilidad incompatible con la continuación de la actividad” expresó Piloni.
La normativa beneficia a unas 2715 personas que actualmente tiene un costo de traslado de 75 pesos por pañal. “Además, implica una suerte de trato discriminatorio en el tratamiento de personas de la tercera edad, ya que no se exige igual tratamiento a otras instituciones que generan pañales descartables en cantidades, como las guarderías” destacó.
Los concejales de bloque Hacemos por Córdoba propusieron el siguiente texto para el artículo 17:
Todos establecimientos geriátricos, deberán cumplir con las condiciones de habitabilidad exigidas por la legislación vigente municipal, provincial y nacional, laboral y de higiene y de seguridad.
Respecto del tratamiento final de residuos deberán observar lo siguiente:
A) Deberá disponerse de un ámbito físico en el que se concentren los residuos patógenos generados, a los fines de su recolección y disposición final, cumpliéndose, acabadamente con todos los requisitos generales y particulares determinados en la legislación respectiva y su reglamentación.
B) Los pañales descartables usados por personas que no padezcan enfermedades infectocontagiosas ni contengan una carga patogénica capaz de transmitir enfermedades por esa vía, deberán ser tratados como Residuo Sólido Urbano. Será responsabilidad del Director Médico de cada institución, ante la sospecha de contener un grado considerable de carga patogénica, que los residuos sean tratados como Residuos patógenos en cumplimiento con la normativa vigente en la materia.”
La presente ordenanza intenta resolver y brindar claridad y certeza al tratamiento de pañales descartables en establecimientos geriátricos y hogares de residencia, estableciendo además, una serie de indicaciones para el tratamiento de este tipo de residuos que brinda seguridad a la población y permite un tratamiento correcto de cada tipo de residuo.
Pasaron a Archivo por su condición de extemporáneos, los Expedientes:
7625-C-19 iniciado por los concejales de bloque Vamos para Solicitar al DEM se dirija al Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, para que regularice la entrega de la vacuna Menveo.
7539-C-19 iniciado por los concejales de bloque Vamos por Pedido de Informes al D.E.M. referido a estudios en recién nacidos en el Hospital Príncipe de Asturias o en otros Centros de Salud Municipal.
7505-C-19 iniciado por los concejales de Bloque U.P.C por Pedido de Informes al DEM referido a reclamo efectuado por vecinos que asistieron al Dispensario Municipal Nuestro Hogar III, en Marzo de 2019.