En la tarde de hoy, se realizó una nueva reunión de Comisión de Servicios Públicos presidida por el concejal Gustavo Fonseca. En la misma se aprobó la modificación del artículo 53 bis de la ordenanza N° 9981, Código de Tránsito, modificado por Ordenanza 12126, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Prohíbese transitar por la vía pública en motovehículos transportando como acompañantes a menores de hasta seis (6) años de edad. Mayores de dicha edad lo podrán realizar en la medida en la que su contextura física le permita ir debidamente a horcajadas, con los pies apoyados en los reposapiés laterales y utilizando el asiento correspondiente, detrás del conductor”.

El proyecto, iniciado por la concejala Miriam Acosta, pretende adecuar la normativa vigente a la realidad imperante, en lo que respecta al transporte de acompañantes, menores de edad, en motovehículos. Se fundamenta que: “…la realidad demuestra que la contextura física de los niños y niñas varía aun teniendo la misma edad, por lo que si se considera sólo un parámetro etario, no es posible garantizar el correcto y seguro tránsito del pasajero”.

En tal sentido, el presente proyecto de modificación busca resguardar la integridad física de los menores que viajan en motovehículos, como acompañantes, fijando nuevas condiciones que resultan obvias para una correcta y adecuada circulación en la vía pública.

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