La comisión de Salud Pública, presidida por el concejal Lucas Balián (Juntos por Córdoba) aprobó hoy los siguientes proyectos:

  • Proyecto de declaración – Vería con agrado que el presidente de la Cámara de Senadores de la Nación y el presidente de la Cámara de Diputados de la Nación insten a los bloques políticos, que integran dichos órganos legislativos a que evalúen la posibilidad de incorporar a la Ley Nacional 14.346 (Protección animal): penas para las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales; la prohibición de realizar intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal de compañía o conseguir otros fines no curativos; y en particular, el corte de la cola, el corte de las orejas, la sección de las cuerdas vocales y la extirpación de uñas y dientes.

En los fundamentos los concejales del bloque Vamos expresaron: “Como concejales de la ciudad recibimos las inquietudes de los vecinos, entre ellas de los proteccionistas que nos plantean de manera constante la necesidad de una actualización de la ley Sarmiento y en particular a lo que hace a las mutilaciones con fines estéticos. En el diálogo con los vecinos les explicamos nuestra falta de competencia para legislar en la materia, y así surgió la necesidad de hacer conocer a los integrantes de ambas cámaras  la opinión de muchos vecinos”.

 

  • Proyecto de ordenanza: Modificar el Art. 42° de la ordenanza 12.052 (Ventanilla única). Iniciado por concejal Carranza y otros ediles del bloque Juntos por Córdoba.

La modificación se refiere a los requisitos particulares de las farmacias, establecimientos al por menor de insumos médicos y herboristerías, entre ellos podemos mencionar: certificado de desinfección, tener tres zonas divididas de acuerdo a la superficie de cada local (venta, laboratorio y depósito), condiciones que deben cumplir si colocan inyectables y, distancia mínima de 300 metros para las nuevas habilitaciones (no regirá la distancia mínima cuando se trate de traslados de establecimientos que cuenten con más de tres años de existencia).

“Con esta modificación se persigue reglamentar y controlar la situación al establecer la obligación de respetar una distancia mínima de 300 metros entre farmacias exceptuando el caso en que se trate de traslados de establecimientos que cuenten con más de tres años de existencia. En este caso, se podrá reubicar en un radio de 200 metros, alrededor de la ubicación actual y hasta no menos de 100 metros de una habilitada”, explican los autores de la iniciativa en los fundamentos.

Por último, los ediles concluyeron que: “Es el Estado, en este caso el municipal, quien debe velar por la salud pública, impidiendo que se atente contra la misma y a quien es exigible la protección de este derecho de accesibilidad del medicamento a toda la población, y la del lugar geográfico donde se encuentre en la ciudad es una responsabilidad indelegable del mismo”.

Ambos proyectos serán girados a la comisión de Legislación General para su tratamiento.

Dirección: Pje. Comercio 447
Teléfono: 0351 420-1500
Ir al contenido